Nueva disposición nacional
Transportistas podrán acceder a créditos para renovar sus vehículos
La Paz, 6 de octubre de 2026. Las personas naturales o jurídicas que presten el servicio de transporte automotor podrán acceder a crédito productivo para financiar la adquisición o sustitución de vehículos, la reparación integral o la repotenciación de sus unidades.
La medida está contemplada en el Decreto Supremo 5739, aprobado por el gabinete ministerial, que incorpora una disposición al Decreto Supremo 2055, de 9 de julio de 2014.
La norma establece que forma parte de la categoría de crédito productivo el financiamiento otorgado a quienes presten el servicio de transporte automotor, en cualquiera de sus modalidades, para adquirir o sustituir vehículos, realizar la reparación integral o repotenciación de las unidades, además de comprar motores o equipamiento necesario para la prestación del servicio.
Para aplicar esta disposición, la entidad de intermediación financiera deberá verificar, según corresponda, la afiliación, habilitación, autorización, licencia o registro exigible para prestar el servicio de transporte.
El decreto aclara que queda excluido el financiamiento destinado a vehículos de uso particular. Los créditos serán otorgados con tasas de interés dentro de los límites máximos previstos para el financiamiento al sector productivo y serán computados como tales en el cálculo de los niveles mínimos de cartera exigibles a las entidades de intermediación financiera.
Las tasas se aplicarán a las nuevas operaciones crediticias otorgadas a partir de la publicación del Decreto Supremo 5739. En un plazo de 15 días, la Autoridad de Fiscalización del Sistema Financiero (ASFI) emitirá las disposiciones correspondientes para su cumplimiento.